viernes, 1 de febrero de 2008

La Constitución de 1978.


En el título preliminar se contienen los principios fundamentales de la Constitución:
Se define a España como un Estado social y democrático de Derecho, se proclama que la soberanía nacional reside en el pueblo y se define la forma política del Estado como una Monarquía parlamentaria. El título I es el más extenso de la Constitución y contiene los derechos, libertades y deberes de los españoles. Aquí se recogen los derechos individuales como el derecho a la vida, a la integridad física, la libertad ideológica, religiosa y de culto, a la libertad de expresión, a la educación, etc. También se incluyen algunos derechos sociales como la protección a la familia, disponer de una vivienda digna, disfrutar del medio ambiente, derecho al trabajo. La única modificación realizada en la Constitución hasta el año 2006 se realizó en 1992 para conceder el derecho al voto en las elecciones municipales a los ciudadanos de la Unión Europea que viven en España. En lo que se refiere a la Corona se establece que el Rey es el Jefe del Estado.
La Constitución establece la separación de poderes y organiza los poderes del Estado: Cortes están formadas por dos Cámaras: el Congreso de los Diputados y el Senado. Ambas son elegidas por sufragio universal y ejercen el poder legislativo. El Gobierno, que ejerce el poder ejecutivo, dirige la política interior y exterior de España. También tiene potestad legislativa ya que puede presentar proyectos de leyes a las Cortes y desarrolla los reglamentos de las leyes aprobadas. El Presidente del Gobierno es investido por el poder legislativo. Los magistrados ejercen el poder judicial. Se crea el Tribunal Constitucional cuya función es evitar cualquier violación de la Constitución y vigilar que no haya leyes que contradigan al texto constitucional. Es también el máximo órgano encargado de proteger los derechos y libertades fundamentales.

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